Lección 5:
Origen e historia de las Iglesias reformadas en Europa
Del “Edicto de Fontainebleau” de 1685
2. Prohibimos a nuestros mencionados súbditos
de la presuntamente reformada religión reunirse en el futuro para
celebrar el culto según la aludida religión, incluso si
fuera en una casa particular y bajo cualquier pretexto.
3. A todos los predicadores de la aludida, presuntamente
reformada religión que no quieran convertirse a la religión
católica, apostólica y romana, ordenamos dejar nuestro reino
y los países de nuestro señorío dentro de quince
días después de la publicación del presente edicto
... bajo amenaza de pena de galeras.
9. Prohibimos explícitamente a todos nuestros
súbditos de la aludida presuntamente reformada religión,
a ellos, sus esposas e hijos, emigrar de nuestro reino o de los países
y territorios de nuestro señorío, o sacar sus bienes y propiedades
de ellos, bajo amenaza de pena de galeras para los hombres y la detención
y confiscación de sus bienes para las mujeres.
Pregunta
1:
¿La Iglesia reformada tiene una chance de sobrevivir en Francia?
Pregunta 2:
Los predicadores deben abandonar el país, sus fieles son impedidos
de emigrar. ¿Por qué se hace esta diferencia?
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