Lección 5:
Origen e historia de las Iglesias reformadas en Europa
De la “Patente de Tolerancia” del emperador
José II de1781
Convencidos por un lado de la nocividad de toda obligación
de la conciencia, y, por otro lado, del gran provecho que pueden sacar
religión y Estado de una verdadera tolerancia cristiana, nos hemos
decidido solemnemente a permitir a los fieles de la Confesión de
Augsburgo y de la Helvética .... el ejercicio de su religión
por doquier. ... La religión católicorromana, sin embargo,
mantiene el privilegio del ejercicio público de la religión.
1. ... Respecto de la casa de culto ordenamos explícitamente
que ésta – salvo donde ya exista – no tenga ni repique
de campanas, ni torres, ni una entrada pública desde la calle para
que no parezca Iglesia ....
7. Los no católicos pueden ser admitidos a la
compra de casas y bienes, a los derechos civiles y de maestros de oficios,
a los honores académicos y servicios civiles. .... No deben ser
obligados a jurar fórmulas que no sean congruentes con sus fundamentos
religiosos; tampoco deben ser obligados a asistir a las procesiones o
funciones de la religión dominante.
Pregunta
1:
¿Qué concepto de tolerancia se puede derivar de
esta “Patente de Tolerancia”? ¿Es idéntica con
la comprensión actual de la tolerancia o difiere de ella?
Pregunta 2:
¿Por qué las Iglesias evangélicas (augsburguianas
= luteranas por la Confesión de Augsburgo de 1530; helvéticas
= reformadas por la Segunda Confesión Helvética de 1566)
reciben el derecho de existencia y de ejercicio de su religión,
pero se les concede solamente un espacio público limitado?
Pregunta 3:
¿Existen diferencias en los derechos civiles para católicos
y evangélicos?
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